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Reglamento de Acondicionamiento Territorial

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA – Aprobación Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano

Sexta.- Los catastros, inventarios técnicos-descriptivos de la propiedad y de las actividades económicas, como fuente de información para la planificación, la gestión urbana y tributación local.

Los catastros urbano, rural y minero, como inventarios técnicos y descriptivos de la propiedad y de las actividades económicas, constituyen fuente de información para la planificación, la gestión urbana y la tributación local, teniendo carácter de servicio público.

Corresponde a las Municipalidades el catastro de los predios urbanos, así como de los predios rústicos y eriazos que se ubican dentro del área de expansión urbana prevista en los planes urbanos, de acuerdo a la normativa vigente aplicable al catastro.